Sobre la reelección presidencial

El problema de modificar la Constitución con vistas a habilitar la reelección del Presidente de la República, presenta un aspecto político y un aspecto jurídico

1. Desde el punto de vista político, la derecha no puede actuar en forma unida, como lo hizo en junio de 2012, durante el “golpe de Estado parlamentario”, disfrazado de “juicio político” a Fernando Lugo. Aquí todos (colorados, liberales, etc.) actuaron en forma conteste en cuanto a la necesidad imperiosa de derrocar a un gobierno con ciertos atisbos progresistas.

Hoy, si Lugo fuera el único aspirante a la reelección, la posición unánime de la derecha, sería de rechazo total a la modificación de la Constitución.

Pero la derecha juega el partido dividida. En efecto, la derecha liberal (cuyo principal exponente es Efraín Alegre), sabe que sólo podrá postular al principal candidato presidencial de la oposición, si elimina la candidatura de Lugo. Este es su gran problema.

La derecha colorada, por su parte, se presenta dividida entre un sector (liderado por Cartes) que necesita la habilitación de la reelección; y otro sector (liderado por Abdo Benítez) que, como primera medida a su favor, debe impedir esta posibilidad, con la consiguiente eliminación de su oponente principal.

En estas circunstancias, la derecha no puede ofrecer un frente unido contra el principal candidato aglutinador de sectores de izquierda.

2. Desde el punto de vista jurídico, la vía correcta para modificar la Constitución y habilitar la reelección del Presidente de la República, es la de la reforma constitucional y no la de la enmienda.

Circunstancialmente y guiados por sus intereses particulares, la derecha liberal (Alegre) y un sector de la derecha colorada (Abdo Benítez), adoptan la posición correcta desde el punto de vista jurídico.

Por el otro lado, ciertos sectores de izquierda (liderados por Lugo), un sector de la derecha colorada (liderado por Cartes) y un sector de la derecha liberal, oportunista y pescador en río revuelto (liderado por Llano), pretenden lograr la habilitación de la reelección por la vía de la enmienda constitucional.

En mi opinión, jurídicamente están equivocados. El problema no está en repetir un mismo proyecto de enmienda –pues el primero fue tratado sin que hubiera quórum en la Cámara de Senadores–, sino que no es ésta la vía prevista constitucionalmente para el fin que persiguen. Además, se agrava la situación al introducir otro tema (el balotaje), claramente excluido de la enmienda (“el modo de elección”, Art. 290 Cn.).

3. Conclusión. Paradójicamente, lo jurídico podría conducir a evitar la confrontación real y trascendente que debe darse en nuestra sociedad, entre un modelo de derecha y uno de izquierda, con perspectivas absolutamente diferentes en cuanto a la acción estatal respecto de los sectores populares. Por el contrario, todo quedaría reducido a optar entre dos propuestas de derecha, alternativa hartamente conocida y perjudicial, en que el sentido del voto sólo puede ser definido sobre la base de la presunción de la mayor o menor voracidad de uno u otro sector.

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